Gestión del Riesgo de Desastres en el Sistema Integrado (IGRD) de Chile
Es un grupo de profesionales dedicados a la difusión y enseñanza de la Gestión del Riesgo de Desastres en Chile
Medioambiente en Chile 16/01/2023

¿Qué es la IGRD de Chile y cómo la IA mejora la gestión del riesgo de desastres?
Es un grupo de profesionales dedicados a la difusión y enseñanza de la Gestión del Riesgo de Desastres en Chile
Tanto producidos por fenómenos naturales como aquellos producto del desarrollo humano, incluyendo por supuesto los efectos del cambio climático.
Si entendemos que un Desastre es una seria interrupción del funcionamiento de una sociedad debido a fenómenos peligrosos, entonces debemos trabajar sobre todas las posibles amenazas que pueden llevarnos a un Desastre.
Los Objetivos de la Fundación
“Inteligencia Para La Gestión Del Riesgo De Desastres”
a) La difusión de conocimiento relacionado con la Reducción del Riesgo de Desastres, lo que incluye, pero no limitado a, vulnerabilidades ciudadanas, comunitarias y/u organizacionales, relacionadas con la susceptibilidad a sufrir los efectos de emergencias, desastres y/o catástrofes;
b) El desarrollo de programas educativos y de capacitación en distintas modalidades, tales como charlas, seminarios, cursos, talleres, nivelación escolar y otros afines, tendientes a la consecución de los objetivos de la Fundación;
c) La colaboración y ayuda integral de comunidades en la reducción del riesgo de desastres, en las distintas fases del ciclo integral del riesgo, mediante la preparación, formación, cooperación, creación de redes de apoyo y otras actividades que contribuyan a la consecución de los objetivos de la Fundación;
d) La fundación podrá desarrollar todas las actividades que acuerde el directorio y que digan relación con el cumplimiento del objeto y fines de la fundación, pudiendo para estos efectos celebrar, entre otras, toda clase de actos jurídicos, contratos, convenios y alianzas, con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de derecho público o privadas.
e) La Fundación podrá realizar actividades económicas que se relacionen con sus fines; asimismo, podrá invertir sus recursos de la manera que decidan sus órganos de administración. Las rentas que perciba de esas actividades sólo deberán destinarse a los fines de la Fundación o a incrementar su patrimonio.
Toda la información para la Gestión del Riesgo de Desastres puedes encontrarla aqui